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Laboral | Helados Alacant: dos años de protestas, huelgas, denuncias y juicios – El Salto

February 17, 2021
in Derecho Laboral
7 min read
Laboral | Helados Alacant: dos años de protestas, huelgas, denuncias y juicios – El Salto
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La de Helados Alacant es una historia de éxito empresarial, de una marca que se ha configurado como un referente en el sector desde unos orígenes modestos. Comenzó cuando, en 1972, 35 artesanos heladeros pusieron 60 pesetas cada uno para configurarse como sociedad. El número de socios fue creciendo con el tiempo; desde 2009 la empresa mantiene el liderazgo en ventas en el mercado español y tampoco le va mal en las exportaciones. Las cifras de éxito, no obstante, no han sido lo único de Helados Alacant que ha ocupado titulares en los recortes de prensa de los últimos años: la muerte de un trabajador subcontratado en 2017, las problemáticas derivadas de la negociación del convenio colectivo, la convocatoria de una huelga indefinida de fines de semana y despidos de trabajadores con, al menos, 10 años de antigüedad ensombrecen los resultados económicos de la empresa. 

Fermín Hernández, secretario general del sindicato Solidaridad Obrera en Alicante, denuncia haber recibido recientemente una querella por parte del dueño de Helados Alacant por delitos contra el derecho al honor. “O no ha recibido la resolución de Inspección de Trabajo o no la ha leído, porque él hace alusión a ataques personales y no había nada opinativo, eran párrafos pegados del documento”, expone el Hernández. Se refiere al acta de infracción que Inspección de Trabajo firmó en agosto de 2018, después de que un trabajador subcontratado muriera al ser atrapado por un carro automatizado en la fábrica de Sant Vicent del Raspeig (Alacant). Desde el sindicato aseguran que, después de dos años, las medidas de seguridad que se exigían en un informe realizado por el Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) seguían sin cumplirse.

Helados Alacant asegura a El Salto que “la empresa siempre ha cumplido y cumple con todas las certificaciones y normativa en vigor en cuanto a medidas de seguridad laboral” y matiza que la sanción de Inspección de Trabajo “no es firme al encontrarse recurrida”, pero Hernández hace alusión a un informe del Ministerio de Trabajo, a fecha de marzo de 2020, al cual ha tenido acceso El Salto, y en el que se refleja que “queda constatada la omisión absoluta de la empresa de su deber de diligencia y celeridad a la hora de evitar otro accidente mortal como el sucedido el 30/11/17”. “A pesar de haber sido objeto de un procedimiento sancionador derivado de un acta de infracción —continúa el escrito—, y a pesar de haber realizado el INVASSAT las oportunas recomendaciones técnicas hasta en dos ocasiones, la empresa ha decidido realizar caso omiso y continuar la actividad laboral en el silo frigorífico perpetuando la situación de riesgo y asumiendo la posible repetición de los daños producidos en su día”.

Si bien algunas recomendaciones técnicas derivadas de Inspección de Trabajo fueron realizadas y se acreditó formación preventiva de nivel básico en Riesgos Laborales, desde Solidaridad Obrera critican la tardanza de la puesta en marcha de medidas de protección laboral, en la actualidad subsanadas según la última comprobación de los técnicos. La empresa justifica el plazo de implementación de “determinadas acciones relacionadas con el accidente acontecido en nuestra planta” haciendo alusión a que “ante una mera recomendación en tal sentido del INVASSAT”, la empresa decidió retrasarlas con el fin de permitir que el Juzgado de Instrucción de San Vicente que se hallaba —y se halla— investigando el accidente de la víctima, “decidiera si atendía la petición de alguna de las partes personadas en el proceso de llevar a cabo una pericial acerca del funcionamiento de la máquina donde sucedió el accidente”.

Frente a la justificación de Helados Alacant, que argumenta que “la empresa optó por no llevar a cabo modificación alguna de la máquina en un ejercicio de prudencia” y con el único fin de “no impedir una pericial con cuya realización la empresa”, el citado informe del inspector de trabajo rechazaba el argumento exponiendo que “no se puede perpetuar [manteniendo la actividad en el lugar de trabajo] la situación de riesgo y permitir la posible repetición del fatal desenlace […] porque no existe norma procesal que permita la perpetuación de un riesgo contra la seguridad manteniendo la actividad laboral a resultas de una reconstrucción de los hechos”.

Para Hernández, la cuestión más grave al respecto de esta tardanza es otra a la que hace alusión el inspector de trabajo firmante, que expone que, al ser preguntados los comparecientes si la subsanación pedida sería ejecutada de inmediato, “responden que no sería posible hasta dentro, al menos, de siete meses supeditando la seguridad de los trabajadores a una necesidad comercial y productiva de la empresa, al estar en curso la temporada alta de actividad de la misma”. “ No nos parece razonable que se prime la producción a la salud de los trabajadores, aparte de que por ley eso no puede hacerse”, sentencia el secretario de Solidaridad Obrera.

Convenio colectivo

El capítulo de la muerte del trabajador y lo que siguió al fallecimiento se suma a varias situaciones más denunciadas por Solidaridad Obrera vinculadas con la empresa, entre las que destaca la negociación del convenio colectivo. Para contextualizarlo hacen referencia a finales de 2016 cuando, aseguran, los trabajadores accedieron a que se congelaran las tablas salariales ante el anuncio de pérdidas de la empresa. Casi dos años más tarde, la prensa local se hacía eco de los “90,7 millones de facturación” de la marca, que había multiplicado por cinco sus beneficios. 

La negociación del convenio colectivo en la empresa se inició ahora hace dos años. En junio de 2019, la dirección de la empresa quiso incluir el turno de fin de semana en el convenio colectivo de la empresa, que llevaba negociándose medio año sin lograr un acuerdo. El comité de empresa se opuso y los trabajadores se negaron a hacer horas extras los fines de semana. “Un día fuimos a la reunión convocada por la empresa, pero el dueño no negociaba; al día siguiente nos volvió a convocar y había firmado con un sindicato amarillo un contrato extratuario, y la empresa se quedó sin convenio salvo los que se quisieran adherir”, asegura Hernández. Ayessa Voces Macias, presidenta del comité de empresa, asegura no obstante que estas adhesiones no fueron “realmente voluntarias” ya que “hubo muchas coacciones”. Desde la empresa se limitan a afirmar, al respecto de la cuestión del convenio colectivo, que “se firmó en 2020 y está actualmente en vigor, acordándose una subida del 1,7% para 2021 y una subida del 1,7% para 2022”. Sin embargo, para Voces “la empresa dice que la mayoría de trabajadores lo han firmado voluntariamente y se ha hecho todo bien, pero lo que no cuentan son las presiones o los despidos”.

La presidenta del comité afirma que, durante la negociación del convenio colectivo, la empresa despidió a cuatro empleados fijos discontinuos con al menos diez años de antigüedad. Todos ellos acudieron a la justicia para recurrir las causas del despido —“no dar el perfil” u “ofrecer un bajo rendimiento”—. “En realidad todos son nulos, lo que pasa es que la mayoría no han querido volver a entrar, así que tres llegaron a acuerdos”, asegura Voces. En enero del 2020, el juez le dio la razón al que sí llegó a los tribunales, obligando a la empresa a readmitir al empleado, abonarle los salarios que había dejado de percibir desde junio hasta la fecha, y a indemnizarle. La empresa recurrió la sentencia e, informan desde su departamento de comunicación, “recientemente el TSJ de la Comunidad Valenciana ha dado la razón a Helados Alacant, dejando sin efecto la nulidad declarada del único [despido] que se declaró nulo en primera instancia”. Desde Solidaridad Obrera apuntan que, a fecha de publicación de este artículo, no tienen constancia de tal dictamen.  

Desde enero del año pasado, Solidaridad Obrera ha convocado una huelga indefinida los fines de semana. Preguntada su valoración, desde la empresa responden únicamente que “en 2020 no se computó ni una sola hora de huelga”. “La función final de la huelga es que no te obliguen a ir un fin de semana a trabajar”, recuerda Hernández, quien añade que entiende “la situación de cada persona” que decide no secundarla. En este sentido, desde el sindicato recuerdan que la plantilla está formada mayoritariamente por mujeres, y hacen alusión en este punto a lo que aseguran que son unas insuficientes políticas de conciliación. 

Según Solidaridad Obrera, actualmente existen cuatro demandas interpuestas contra la empresa además de siete denuncias a Inspección de Trabajo, una relacionada con los equipos de protección individual contra el coronavirus. Sobre la cuestión de la crisis sanitaria, Helados Alacant garantiza que “se han implantado todas las medidas generales recomendadas por las autoridades sanitarias así como otras muchas específicas para el desarrollo de nuestra actividad” y niega la existencia de brotes activos en la empresa, si bien Ayessa Voces asegura que ha habido “mucho descontrol” en la empresa después de que varios trabajadores dieran positivo el pasado mes de enero.

“Grupo Alacant ha sido un generador de empleo en los últimos años con un crecimiento de puestos de trabajo y número de personas contratadas en las dos últimas temporadas que se sitúa en un 15%”, reseña Helados Alacant en la comunicación mantenida con El Salto. Solidaridad Obrera critica, no obstante, que todavía existan trabajadores fijos discontinuos: “El convenio colectivo obliga a priorizar a la plantilla y mejorar su situación, y ya después vendrán las nuevas incorporaciones”, resume Hernández. 

Desde Helados Alacant se muestran “optimistas con respecto al futuro teniendo una previsión alcista para la presente temporada”. Si las denuncias de Solidaridad Obrera llegan a puerto, las buenas cifras no van a ser, un año más, la única referencia a la empresa en los titulares de los próximos meses.


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