Luego de mucho debate, tanto en audiencias pblicas como en conversatorios, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza resolvi en acuerdo plenario que la prisin perpetua es “constitucional”, segn un fallo conocido este lunes pero con fecha del mircoles 30 de diciembre de 2020.
“Por el mrito que resulta del acuerdo precedente, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Mendoza, en acuerdo plenario, resuelve: la pena de prisin perpetua prevista en el Cdigo Penal argentino es constitucional“, sentenciaron. Firmaron los jueces Dalmiro Garay, Omar Palermo, Julio Gmez, Jos Valerio, Pedro Llorente, Mario Adaro y Mara Teresa Day.
A fines de octubre, el Tribunal convoc a una audiencia pblica para debatir sobre la condena a prisin perpetua. El Tribunal abri la discusin luego de que un juez tcnico en un juicio por jurado en 2019 declarara la inconstitucionalidad de la pena mxima establecida.

La Corte dijo que la prisin perpetua es constitucional.
El caso que mencionaba la Corte fue el que, en 2019, un jurado popular de Mendoza encontr culpables a tres hombres por el asesinato de Juan Leonardo Lucero (24), crimen que haba ocurrido en julio de 2017 en Godoy Cruz: fue golpeado hasta que se desmay, lo pusieron en una valija, la prendieron fuego y lo la arrojaron en el cementerio Los Andes Memorial.
Por qu no particip Zaffaroni de la audiencia por la prisin perpetua
El jurado encontr culpable a los hermanos Jos Rafael (46) y Abel Augusto (39) y a Mariano Alan Gutirrez (24). El fiscal Gustavo Pirrello, quien fue el instructor de la causa, y el fiscal jefe de Homicidios, Fernando Guzzo, haban solicitado prisin perpetua para los tres. Esa pena est contemplada en el Cdigo Penal pero el juez tcnico Eduardo Martearena se opuso porque la considera inconstitucional.

El juez Martearena haba expresado que la prisin perpetua atenta contra la Constitucin.
Martearena sostuvo que la pena atenta contra la Constitucin y los pactos internacionales a los que adhiri la Argentina con la reforma de 1994. En esos tratados se establece que las penas tienen como objetivo real la resocializacin del delincuente. En un juicio por jurado, quien dicta sentencia es el juez tcnico. El jurado solo decide sobre la culpabilidad o no del o los acusados.
Prisin perpetua: el debate en casos de femicidio en Mendoza
En los ltimos meses, adems de la audiencia pblica convocada por la Corte, hubo muchsimo debate de legisladores, funcionarios, abogados, vctimas y familiares de vctimas y participantes de diversas organizaciones, quienes marcaron su posicin al respecto.
Adems, segn la sentencia plenaria, la mayora del Tribunal decidi:
1) Disponer que los jueces al momento de imponer condena no podrn exorbitar su competencia expidindose acerca del rgimen de ejecucin de la pena, en tanto es atribucin privativa inicialmente de los jueces penales de primera instancia en funcin de ejecucin penal.
2) Exhortar a la Honorable Legislatura de Mendoza a que debata y sancione lo ms pronto posible la ley reglamentaria prevista expresamente en el inc. 5 del art. 128 de la CdeM, a fin de ordenar el procedimiento, establecer los casos, condiciones, tiempos y forma en que el derecho puede ser ejercido.
El juez federal Pablo Salinas present su libro sobre Derechos Humanos
El inciso 5 del artculo 128 de la Constitucin de Mendoza expresa: “Podr indultar o conmutar las penas impuestas por delitos sujetos a la jurisdiccin provincial, previo informe motivado de la Suprema Corte sobre la oportunidad y conveniencia del indulto o conmutacin y con arreglo a la ley reglamentaria que determinar los casos y la forma en que pueda solicitarse”.
3) Exhortar al Poder Ejecutivo que rehabilite con los requerimientos actuales y carcter urgente la oficina de conmutacin e indultos de penas o constituya una nueva, para asegurar un procedimiento gil y eficaz que canalice satisfactoriamente los pedidos y su resolucin.
4) Solicitar al Congreso de la Nacin que evale la posibilidad de sancionar una ley que reglamente el derecho de los condenados a peticionar la conmutacin o indulto de las penas impuestas.
5) Exhortar a los Colegios de Abogados de la Provincia para que informen y capaciten a sus integrantes acerca de las facultades correspondientes al ejercicio de derechos constitucionales referidas a la solicitud de indulto o conmutacin de penas de las personas condenadas. Del mismo modo, exhortar a la Defensora General para que instruya y capacite a los defensores en el sentido antes referido.

“La pena de prisin perpetua prevista en el Cdigo Penal argentino es constitucional”, resolvi la Corte.
Se dej constancia que Garay, Valerio, Llorente y Day conforman el voto mayoritario del Tribunal y Palermo, Gmez y Adaro el voto minoritario.
Crédito: Enlace fuente