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el hecho clave que marca la diferencia si quiere irse a vivir a México

January 12, 2021
in Derecho Penal
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el hecho clave que marca la diferencia si quiere irse a vivir a México
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No es la primera vez que se pone sobre la mesa la hipótesis de que Isabel Pantoja se establezca en México. Es una de las posibilidades que se plantearon una vez acabó su condena en 2016. Como ocurre con todo lo que sucede intramuros en Cantora, nos movemos en el terreno de las suposiciones: se dijo que pretendía marcharse a vivir allí bajo el paraguas protector de su gran amigo Juan Gabriel, quien falleció de un fulminante infarto en Los Ángeles en agosto de ese mismo año, y que incluso su hermano Agustín, también amigo del irrepetible cantautor, se estaba encargando de los trámites y los arreglos pertinentes para un cambio vital de tanto calado. Unos movimientos que, por supuesto, afectaban a su madre (la artista no se hubiera ido sin ella) y a él. Nunca se llegó a clarificar si esas intenciones eran ciertas o no, si nos estábamos moviendo en el terreno de la fabulación de los denominados ‘topos’ o si realmente este trágico suceso truncó esos planes.

Cinco años se cumplirán este mes de marzo del final de la pesadilla de la tonadillera en la cárcel, y ahora ha sido la periodista Beatriz Cortázar la que mantiene que la protagonista de ‘Yo soy esa’ y ‘El día que nací yo’ se plantea muy seriamente establecerse en ese país donde tantos éxitos ha cosechado. Eso sí, el día que falte su madre, doña Ana, quien está muy delicada de salud y a quien ella está dedicada en cuerpo y alma en la finca de Medina Sidonia que tantos quebraderos de cabeza le está dando.

La cuestión de los antecedentes penales ha sido un estigma que ha perseguido a la tonadillera y que también ha reducido su margen de actuación. Como se recordará, fueron claves para que tuviera que suspender los conciertos que tenía previstos en Miami y Puerto Rico en febrero de 2018 por problemas con su visado. “Concedido en primera instancia por la embajada norteamericana pero denegado días atrás en una segunda revisión”, según rezaba en el comunicado emitido por Universal Music, su anterior casa de discos, con la que había grabado precisamente en México ‘Hasta que se apague el sol’, en 2013. Un trabajo muy esperado y realizado bajo la producción de Juan Gabriel, artífice de todas las canciones, antes de que entrara en prisión. Un disco que el divo de Juárez no pudo ver publicado, ya que el álbum vio la luz en noviembre, unos meses después de su fallecimiento.

La cancelación de sus antecedentes penales

Es esencial tener muy en cuenta todas estas fechas para entender que la situación de Isabel Pantoja es muy distinta en la actualidad a la que tenía cuando pretendía realizar su gira americana, ya que, según establece el artículo 136 de nuestro Código Penal, “los condenados que hayan extinguido su responsabilidad penal tienen derecho a obtener del Ministerio de Justicia, de oficio o a instancia de parte, la cancelación de sus antecedentes penales”. Este artículo establece una serie de plazos en función de la gravedad del delito y, en el caso de Isabel, condenada a 24 meses de prisión por blanqueo de capitales, aplica el apartado C de la norma, que establece “tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años”. Siempre y cuando no hayan vuelto a delinquir en ese periodo, como ha sido el caso de la cantante.

Ese escollo, por lo tanto, estaría superado si realmente su deseo fuera establecerse en México, pero aun así hay un proceso burocrático complejo que debe cumplir como cualquier otro ciudadano español que decidiera establecerse allí. Desde la propia web del Ministerio de Asuntos Exteriores de España ya se informa que si se quiere ir a este país latinoamericano como turista no se necesita visado, pero sí si se viaja hasta allí con otros fines, por lo que recomiendan ponerse en contacto con la embajada o el consulado, cuyo personal, por cierto, no está autorizado a dar información telefónica sobre estos trámites.

Aunque estricta, la normativa migratoria de México no es ni de lejos lo severa que es la de Estados Unidos. El país se rige por la Ley de Migración del 25 de mayo de 2011, y el 9 de noviembre de 2012 entró en vigor el nuevo reglamento de la Ley de Migración, ambos vigentes con algunas modificaciones posteriores. Antes de pedir una cita para solicitar el visado en la embajada de Madrid o en el consulado de Barcelona, hay que tener en cuenta cuál es el que se quiere solicitar, ya que puede ser como visitante, residente temporal o residente permanente.

En el último de los casos está destinado a unidad familiar (no es el caso de Isabel, no tiene familia mexicana o con residencia permanente allí, aunque sí amigos) o pensionistas y jubilados, personas que reciben una pensión fuera de ese país y quieren vivir con esos ingresos en México. También se estipula un sistema de puntos con el que se “establecerá criterios de selección para atraer personas extranjeras inversionistas o con alta competencia en áreas como la ciencia, la tecnología, el deporte, las humanidades y las artes”.

Otros caminos

En el caso de que Isabel no optara a una visa de residencia permanente, podría elegir el camino de la residencia temporal. Con ese fin se puede acoger al artículo 103 del reglamento de la Ley de Migración, que establece que “las visas de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas se podrán otorgar hasta por diez años”, y para ello tendría que demostrar alguno de los tres siguientes supuestos: tener solvencia económica, ser viajero frecuente o “ser investigador, científico, humanista, artista, deportista, periodista de prestigio nacional o internacional u otras personas prominentes”.

En el caso de que sí quisiera trabajar en México, la situación sería diferente, tal cual queda reflejado en el artículo 40 de la mencionada ley, donde establece que se debe optar por la “visa de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas, que autoriza al extranjero para presentarse en cualquier lugar destinado al tránsito internacional de personas y solicitar su ingreso a territorio nacional, con el objeto de permanecer por un tiempo ininterrumpido no mayor a ciento ochenta días, contados a partir de la fecha de entrada y realizar actividades remuneradas”.

Sea como fuere, la intérprete de ‘Se me enamora el alma’ tendría que seguir los trámites habituales, que es someterse a una entrevista en la embajada de México en Madrid, en la que debería aportar una serie de documentos como la solicitud del trámite, el pasaporte y los documentos pertinentes en función del visado que solicitara. Sería el comienzo de un nuevo camino que todavía se antoja prematuro e incierto.

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